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lunes, 14 de septiembre de 2015

EL DERECHO DESDE EL PUNTO DE VISTA OBJETIVO

El Derecho, desde una perspectiva objetiva, puede definirse como el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta externa de los individuos en sociedad, elaboradas por órganos competentes del Estado y respaldadas por la posibilidad de su cumplimiento forzoso mediante la coacción (Bobbio, 1995). Esta concepción considera al Derecho como un orden normativo vigente, independientemente de la valoración moral o subjetiva que pueda hacerse sobre su contenido.


Normas sociales y jurídicas

Las normas son pautas de comportamiento que regulan la conducta de los individuos dentro de una sociedad. Orientan las acciones, estableciendo lo que se espera, lo permitido y lo prohibido (Giddens et al., 2021). Pueden clasificarse en morales, éticas, religiosas, usos sociales, costumbres y jurídicas.

1. Normas sociales no jurídicas

Estas no emanan del Estado, sino de la cultura, la moral o la tradición. Su cumplimiento no es coercible legalmente, aunque pueden implicar sanciones sociales.

Características comunes:

  • Internas: surgen del consenso grupal y la interiorización individual.

  • Incoercibles: no pueden imponerse por la fuerza pública.

  • Contextuales: varían según el grupo social al que se pertenece.

Tipos:

  • Moral: guía interna del bien y el mal.

  • Ética: reflexión racional y universal sobre la moral.

  • Religiosas: ligadas a dogmas de fe, con sanciones espirituales.

  • Usos sociales: reglas de convivencia externa, como los modales.

  • Costumbre: práctica reiterada y aceptada socialmente; puede constituir fuente subsidiaria del Derecho.


2. Normas jurídicas

Son normas de conducta elaboradas por el Estado, que poseen obligatoriedad, coercibilidad y previsión de sanciones. Constituyen el núcleo del Derecho en sentido objetivo.

Características:

  • Imperativas: ordenan o prohíben.

  • Generales: se aplican a todos los comprendidos en su supuesto.

  • Bilateralidad: implican derechos y deberes.

  • Coercibles: pueden imponerse mediante el uso de la fuerza legítima.

  • Externas: su origen es institucional.

  • Obligatorias: su cumplimiento es exigible legalmente.

  • Precisas: su contenido debe ser claro y determinado.


Finalidad del Derecho

Desde el enfoque objetivo, el Derecho busca regular la convivencia, establecer límites y obligaciones, garantizar la justicia y el orden, y aplicar sanciones ante su incumplimiento.

Funciones esenciales (Bobbio, 1995):

  • Posibilitar la vida en sociedad.

  • Proveer seguridad jurídica.

  • Establecer la distinción entre lo que es y lo que debe ser.

  • Preservar la paz y el orden social.


Ramas del Derecho

El Derecho se divide en dos grandes ramas: Derecho Público y Derecho Privado, dependiendo del tipo de relación que regula.

Derecho Público

Rige las relaciones entre el Estado y los particulares o entre órganos del poder público. Su finalidad es el interés general.

  • Constitucional: estructura del Estado, derechos fundamentales.

  • Administrativo: funcionamiento de los servicios públicos.

  • Penal: define delitos y sanciones.

  • Procesal: regula la actuación judicial.

  • Internacional Público: relaciones entre Estados y organismos internacionales.

Derecho Privado

Regula las relaciones entre particulares. Su finalidad es el interés individual.

  • Civil: relaciones personales, familiares y patrimoniales.

  • Comercial: actos y contratos vinculados a la actividad mercantil.

  • Laboral: vínculos entre trabajadores y empleadores.

  • Internacional Privado: determina la ley aplicable en relaciones entre sujetos de distintos Estados.


Conclusión

Desde el punto de vista objetivo, el Derecho es un sistema normativo institucionalizado, creado para asegurar la convivencia pacífica, establecer el orden y proteger los derechos fundamentales. Su legitimidad no depende del juicio moral individual, sino de su procedencia legal y su eficacia en el mantenimiento del orden social.


Referencias

  • Bobbio, N. (1995). Teoría general del derecho. Editorial Debate.

  • Giddens, A., Duneier, M., Appelbaum, R. P., & Carr, D. (2021). Introducción a la sociología (10.ª ed.). Alianza Editorial.

  • Peces-Barba, G. (2004). Introducción a la filosofía del Derecho. Marcial Pons.

 

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